El techo de cristal. ¿Qué podemos hacer?
mayo 23 2023

El techo de cristal. ¿Qué podemos hacer?

Por Julián Gil Yepes* integrante del Comité Nacional de Género*

 

“La prueba para saber si puedes o no hacer un trabajo no debería ser la organización de tus cromosomas”

                                                   Bella Abzug, política estadounidense.

Cuando hablamos de igualdad, equidad e inclusión de género, salta a la discusión el ámbito laboral, como uno de los escenarios en los cuales se ha puesto más énfasis y, al mismo tiempo, uno de los que más lejos se encuentran de una completa igualdad de oportunidades. En este tipo de debates, existen múltiples opiniones que abordan fenómenos como el mérito, la motivación y la competencia, y que han acuñado conceptos como el techo de cristal y el piso pegajoso. ¿A qué hacemos referencia cuando hablamos del techo de cristal? ¿Qué impacto tiene en el desempeño laboral y profesional de las mujeres? ¿Es una cuestión de méritos, talento y esfuerzo u obedece a factores culturales de nuestra sociedad? ¿Qué podemos hacer para romperlo? ¿Por qué es pertinente abordar este tema desde Aldeas Infantiles SOS? En este breve artículo vamos a resolver tus dudas respecto a este tema.

La mujer en el ámbito laboral

Históricamente, nuestra sociedad occidental ha atribuido ciertos roles a los hombres y a las mujeres para el ejercicio de su masculinidad y su feminidad en los ámbitos públicos y privados. Sin embargo, al referirnos a estos roles, tenemos que partir de dos certezas: la primera, que estos fueron concebidos en el marco de nuestra sociedad, la cual, al funcionar bajo un modelo patriarcal, prima y destaca el papel del hombre en todas sus esferas; y la segunda, que, en tanto construcción social, es completamente artificial, no guarda ninguna relación directa con la naturaleza o la biología y, al mismo tiempo, es móvil, cambiante y situada en un contexto específico. Es decir, no es lo mismo ser un hombre o mujer hace 100 años, a serlo en la actualidad, de la misma manera que las nociones de hombre o mujer rural y hombre o mujer urbana no son equivalentes, y mucho más, dependiendo de las características de la ruralidad o la ciudad que se tenga en cuenta, así como la raza, etnia, clase social, entre otras variables. En definitiva, la construcción de las nociones de hombre y mujer son sumamente arbitrarias y abstractas, y por sí solas, como una abstracción, no tienen más aplicación que la generalización.

Sin embargo, para los intereses de este breve texto, nos situaremos en el contexto colombiano, y limitaremos las variables a las relativas al género. De esta manera, es claro que por medio de la consolidación de los roles de género en nuestra sociedad, por mucho tiempo se limitó a la mujer, solamente al ejercicio de las labores de cuidado en el ámbito privado, por lo cual, era exclusivamente el hombre el que ejercía roles de poder, tanto a nivel político como a nivel empresarial. Específicamente en Colombia, es importante mencionar que inclusión de las mujeres al ámbito laboral se dio de manera muy tardía, recién el siglo pasado, sumado al hecho de que, al mismo tiempo que empezaba su involucramiento al mundo laboral, tenía limitada su derecho de heredar, estudiar, recibir por sí misma su salario, entre muchos otras.

Además de lo anterior, es importante tener en cuenta que la apertura del mundo laboral para las mujeres, no solo en nuestro contexto colombiano, sino en términos generales, en todo el mundo, no significó que la carga de trabajo doméstico no remunerado, asociado al cuidado de los hijos, el proceso de crianza y las labores domésticas de su casa, fuera disminuido o repartido equitativamente, lo que representó, y aún hoy en día representa, que las mujeres que se desempeñan en el ámbito laboral ejerzan un doble turno, uno doméstico, no remunerado, y otro formal (o informal), remunerado pero, estadísticamente, peor remunerado que sus pares masculinos, como veremos más adelante

El techo de cristal

Teniendo en cuenta lo anterior, es preciso mencionar que el concepto de “techo de cristal”, surgió en el marco de una discusión respecto a la participación laborar de las mujeres en la década de 1970 en Estados Unidos. En este contexto, Marilyn Loden cuestionó la afirmación que decía que las mujeres no ascendían en el ámbito laboral por estar peor preparadas, no ser competitivas o no obtener los méritos, sino por la existencia de unas barreras culturales que impiden que las mujeres ocupen determinadas posiciones de poder, o que asciendan en sus trabajos. Se llamó techo, porque es una cota o límite superior, y de cristal porque es invisible, toda vez que no hay normas, leyes o manuales de procedimientos empresariales, institucionales u organizacionales en los que se impida directamente a las mujeres ascender. Incluso en la actualidad, hay manuales, leyes, tratados internacionales y jurisprudencia que potencia la vinculación de mujeres en estos espacios. Sin embargo, el techo de cristal sigue existiendo.

El techo de cristal tiene su fundamento, precisamente en los roles de género socialmente construidos, toda vez que, como se mencionó anteriormente, en nuestra sociedad patriarcal se ha asociado mucho más el liderazgo y el desenvolvimiento en el ámbito público a los hombres, a los cuales, a su vez, se les ha eximido del trabajo doméstico no remunerado. Al mismo tiempo, además de que los que toman las decisiones son, en su mayoría, hombres, otro factor que, en definitiva, termina por fortalecer el techo de cristal es la reproducción misma de los roles de género y prejuicios, que dictan y perpetúan ideas violentas como que las mujeres son muy emocionales, o sentimentales, o poco comprometidas, o menos capaces, entre muchas otras. Incluso la misma característica puede ser interpretada como algo positivo en el hombre, y algo negativo en la mujer, como es el caso de la firmeza, que en el hombre suele interpretarse como asertividad y en la mujer como histeria, o la avanzada edad, que en el hombre se asocia con experiencia, y en la mujer, se relaciona directamente con una supuesta incapacidad de la vejez. Esta serie de prejuicios y preconceptos no solo se materializan en los hombres, sino en toda la sociedad¸ generando que se reproduzcan a sí mismos, fortaleciendo el mismo techo de cristal.

Además de lo anterior, muchos escenarios laborales, incluso en la actualidad, desincentivan a sus unidades de recursos humanos la contratación de mujeres que tengan presupuestado en su vida personal tener hijos, o incluso, que se encuentren en “edad fértil”, lo que además de evidenciar una clara discriminación de género, potencia y fortalece el techo de cristal contra el cual se chocan las mujeres en una etapa del ciclo vital en la que se presentan mayormente las oportunidades, como lo es la juventud. Además, a todo esto se añade otro de los conceptos centrales de este tema, y es el suelo pegajoso, el cual, hace referencia al estancamiento de mujeres, muchas veces sobrecalificadas, en puestos de trabajo de menor calidad y remuneración que hombres con igual formación y experiencia, lo que genera que, incluso, nunca lleguen a chocarse con el techo de cristal, porque no pueden despegarse del suelo pegajoso.

Ante esto, últimamente se han difundido pensamientos y opiniones que desconocen la existencia del techo de cristal, mencionando que la causa de la poca presencia de mujeres en escenarios de toma de decisiones, alta gerencia y política, obedece a falta de motivación, esfuerzo, méritos y educación. Sin embargo, desconocer las distintas condiciones de partida es, en sí mismo, una percepción violenta en contra del grupo poblacional que no se encuentra en ejercicio de determinado privilegio, y fortalece mucho más el escenario de opresión, en este caso, el mismo techo de cristal, por medio de culpar a la propia persona socioculturalmente excluida, de que el hecho de no poder pasar es exclusivamente su culpa.

Además de esto, recientes estudios han evidenciado que la brecha salarial, actualmente, entre hombres y mujeres, dicta que la mujer devenga entre un 60% y un 75% de lo que gana un hombre, con su misma cualificación y por el mismo trabajo, lo que implica que la valoración de la remuneración salarial atraviesa por variables que se salen del ámbito profesional, formativo y de calidad de trabajo, y demuestra que más allá de lo mencionado, el techo de cristal sigue siendo una realidad en la actualidad, y debemos orientar nuestros esfuerzos a, como sociedad, quebrarlo.

¿Qué hemos hecho, y qué se puede hacer?

Ante este fenómeno, la Organización de las Naciones Unidas, por medio de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) de 1979, orientó a los países firmantes, entre otras cosas, a eliminar la discriminación contra la mujer en el ámbito laboral, con el fin de asegurar condiciones de plena igualdad de derechos y oportunidades con los hombres. De esta manera, además de reconocer el derecho a elegir libremente la profesión, algo que en nuestro país, durante más de la mitad de su existencia como república independiente era impensado, obligó a los estados firmantes a garantizar la igualdad en el ascenso, estabilidad, prestaciones sociales, formación profesional, y a una remuneración económica y prestacional en condiciones de igualdad con los hombres. En adición a esto, los estados firmantes debían impedir que las mujeres en estado de embarazo o en licencia de maternidad, fueran despedidas, desvinculadas o maltratadas y que, durante el tiempo de gestación y licencia, en ninguna circunstancia se le prive de su salario.

En nuestro país, la Ley 1257 de 2008 significó otro paso importante, al promover el reconocimiento de la igualdad salarial efectiva e incentivar el ingreso de las mujeres a espacios laborales históricamente negados para ellas. Además, con la creación del tipo penal de Acoso sexual, se reconoció la disparidad de poder que existe entre los jefes y empleados, e identificó que en esta relación de poder, se da un escenario propicio para la manifestación de las violencias basadas en género, el acoso laboral y el acoso sexual, orientando el trámite administrativo y penal de estos fenómenos.

Por otro lado, son muchas las disposiciones jurídicas que han orientado al Estado, para cargos de elección popular, de libre nombramiento y de selección por ternas, la inclusión obligatoria de determinado número de mujeres en las listas, una medida que, evidentemente, tiene sus defensores y detractores, pero que, si bien en términos prácticos garantiza una representatividad en la inclusión de las mujeres, si no se acompaña de procesos pedagógicos de transformación de realidades y desmonte de los roles de género, poco impacto podrán tener en el mediano y largo plazo.

En definitiva, el techo de cristal es producido por unas características culturales de nuestra sociedad patriarcal y de los roles de género socialmente construidos, así como de la forma en la que estos han evolucionado a lo largo del tiempo. Por esta razón, si bien la proclamación de leyes, disposiciones internacionales y manuales organizacionales es un inicio, lo que realmente se debe impactar no son las consecuencias, sino las causas, las cuales se ubican precisamente en aquellas características culturales que lo produjeron, por medio de procesos pedagógicos de media y larga duración, y con un cambio de paradigma que posibilite realmente un camino hacia la igualdad.

*Julián Andrés Gil Yepes: historiador, especialista en métodos y técnicas de investigación social, candidato a especialista en violencias de género en contra de las mujeres, y candidato a magíster en estudios humanísticos. Ha abordado la problemática de las violencias basadas en género desde una perspectiva histórica en múltiples instituciones y organizaciones.

**El Comité Nacional de Género: equipo que impulsa la transversalización del enfoque de género dentro de Aldeas Infantiles SOS Colombia.